30/05/2025

Bando Romería 2025

Este domingo, 1 de junio, La Puebla de los Infantes vivirá su romería en honor a Nuestra Señora de las Huertas. Con el propósito de que el día transcurra con normalidad y seguridad, nuestro alcalde, José María Rodríguez Fernández, dispone lo siguiente en el último bando publicado:

  • Las carrozas no deben adelantarse las unas a las otras, respetando el número de orden de marcha establecido, a una distancia entre ellas nunca menos de 40 metros ni mayor de 60 metros (en la parte delantera marchan todas las carrozas que no dispongan acompañamiento de caballos, y en la parte trasera marcharan aquellas que dispongan de acompañamiento de caballos) tanto a la ida como a la vuelta, conforme a lo dispuesto por la Hermandad Sacramental de Nuestra Señora de las Huertas.
  • Las personas que realicen el recorrido a caballo deberán respetar las indicaciones de los agentes encargados de la seguridad, quedando la marcha dispuesta de la siguiente manera. En la ida marcharán en la parte delantera tras realizar el acto de salutación a la Virgen hasta la zona de El Ganchal donde, tras esperar el paso de las carrozas, podrán incorporarse a su carroza, ubicada en la parte trasera sin poder adelantarse en ningún momento. En la vuelta marcharán preferentemente en la parte delantera, delante del vehículo de seguridad, pudiendo hacerlo acompañando a su carroza siempre en la parte trasera sin adelantarse a las demás carrozas ni transitar entre ellas, hasta la zona de El Ganchal, donde se procederá a facilitar el paso hasta ocupar la parte delantera, a una distancia de seguridad del Simpecado.
  • Todos los vehículos a motor y sus conductores que participen en el acto, deberán disponer de la documentación legalmente establecida así como un espacio autorizado (permiso correspondiente, seguro e ITV), que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.
  • En el recinto de la ermita no se permite la circulación de ningún tipo de vehículo a motor y ciclomotores, quedando solo permitida la entrada y salida a los lugares de estacionamientos.
  • No se permite la circulación de vehículos entre las carrozas durante todo el recorrido del camino tanto la ida como la vuelta.
  • Los caballos deberán disponer de la documentación equina correspondiente y seguro de responsabilidad civil. No estará permitido el tránsito de caballos por las escaleras de acceso a la ermita.
  • Queda prohibido el lanzamiento de petardos y cohetes, conforme a lo establecido en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, artículo 65.7).
  • Queda prohibida la acampada libre en todo el recinto de la ermita.
  • Todas las carrozas dispondrán de 1 extintor (9 kg) o 2 de (6 kg).
  • Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas u otros objetos que no estén expresamente autorizados en todo el recinto de la ermita.
  • Queda prohibido el uso del fuego, según la normativa vigente, desde el día 1 de junio está prohibido el uso del fuego conforme a lo establecido en ORDEN de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

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